Indemnización por Despido Sin Justa Causa en Contratos Fijos, Obra o Labor
El Código Sustantivo del trabajo (Colombiano) señala claramente que hacer c uando un empleador termina unilateralmente el contrato del trabajador sin justa causa o da motivos para que el trabajador renuncie, nace el derecho a la indemnización. El valor de esta es según el contrato, bien sea Fijo, por Obra o Labor. ARTICULO 64. TERMINACION UNILATERAL DEL CONTRATO DE TRABAJO SIN JUSTA CAUSA. <Artículo modificado por el artículo 28 de la Ley 789 de 2002. El nuevo texto es el siguiente:> En todo contrato de trabajo va envuelta la condición resolutoria por incumplimiento de lo pactado, con indemnización de perjuicios a cargo de la parte responsable. Esta indemnización comprende el lucro cesante y el daño emergente. En caso de terminación unilateral del contrato de trabajo sin justa causa comprobada, por parte del empleador o si éste da lugar a la terminación unilateral por parte del trabajador por alguna de las justas causas contempladas en la ley, el primero debe...