Despojo de tierras FAMILIA MEZA en Cartagena Colombia
Cartagena
de Indias D. T. y C., Septiembre 17 de 2012
Dr.
JUAN MANUEL SANTOS
Presidente de la
Republica
Bogotá D.C.
Cordial saludo,
Es lamentable que la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras
Despojadas (Art. ARTICULO 1° del Decreto 4829 del 2011), se haya
convertido en fortín político de los victimarios y sus socios para pasar a ser unidades encargadas de negar
derechos a las víctimas, usuarios de sus servicios, como es el caso de la
ciudad de Cartagena donde trabaja la Abogada ELLA DEL CASTILLO, profesional Especializado Grado 17 con oficina
en la Calle 32 No. 8a- 80
Sector “La Matuna, Edificio Banco Cafetero, Segundo Piso, teléfonos (57-5).
6700477 Cartagena Colombia, www.restitucióndetierras.gov.co,
es familiar de segundo grado consanguinidad del Señor NICOLAS IGNACIO DEL CASTILLO PIEDRAHITA, Presidente de C.I. C.I. OCEANOS S.A. Actuales
poseedores ilegales de las 779 hectáreas de tierras despojadas a la Familia MEZA, por lo hechos que a continuación
me permito exponer, así:
Comedidamente me permito
continuar poniendo en conocimiento ante las altas instancias estatales y la
comunidad internacional, la situación degradante a la cual hemos sido sometidos
los herederos de GILBERTO MEZA MARIMON q.e.p.d. Entre los que me permito
señalar. Desplazamiento y despojo de tierras por parte de actores armados,
despojo de tierra que se realizaron sin orden judicial competente por parte del
inspector de policía del corregimiento de Santa Ana Bolívar Colombia además de
ignorar que mi familia a parte de poseer la posesión y la ocupación del lote
denominado Guaranao, también gozaban de la escritura publica No 355, registrada
ante el juzgado Primero Civil del Circuito de Cartagena Bolívar y certificado
de tradición numero 06-0048187 expedido por la oficina de Notariado y Registro
de Cartagena, GILBERTO MEZA MARIMON, con el acompañamiento de 2 testigo
manifestó ante el señor Juez que tenia posesión material pacifica e
ininterrumpida desde el año de 1912, o sea que a la fecha del despojo tenia mas
de 70 años de tener la calidad de amo señor y dueño. Este despojo se suscitó en
el año de 1985 el día 2 de octubre, situación que se puso en conocimiento del Ministerio
Público, más exactamente al Procurador Regional de Bolívar, pero como suele
suceder en el Estado de Derecho Colombiano esta noticia criminal no trascendió,
y como suele suceder no paso nada, Cuando las familias prestantes como los
CURI, LEMAITRE, VELEZ, DEL CASTILLO, WOLF, GARAY, SANTODOMINGOS entre otros
violan los derecho de las Comunidades Afrocolombianas como en este caso los
herederos de mi abuelo MEZA MARIMON.
El segundo despojo y
desplazamiento se presento en el año 1993, donde luego de recuperar la posesión
de su predio, y de reiteradas amenazas por parte del señor BLAS ELIAS, este en
compañía de hombres encapuchados y fuertemente armados, perforan las paredes y
el techo de la vivienda de los herederos MEZA, viéndose obligados a desplazarse
hacia la ciudad de Cartagena, nuevamente, se pone en conocimiento del Ministerio
Público los hechos violentos, que hoy son tipificados por Organizaciones
Internacionales como la O.N.U, la O.E.A. Y la Comisión Ibero Americana de
Derechos Humanos. Procurador General de la Nación y la Fiscalia General de la
Nación lo sucedido, donde solo atendió el grito de auxilio este ultimo,
desafortunadamente para nuestros intereses y el derecho Constitucionalista que
nos asistía jamás se aplicó, porque la entidad investigadora por excelencia en
Colombia, la Fiscalia General de la Nación en Cartagena esta Infiltrada a través
de funcionarios como la fiscal local 5 año 2001 CLAUDIA MARCELA MARTINEZ
MURILLO, el recomendador de abogados para que asistieran a los hermanos MEZA,
el Fiscal 9 del año 2000 DEMOSTENES CAMARGO DE AVILA y KAREN DE JESUS ORTEGA
ORDOSGOITIA, Fiscal 14 delegado ante los Jueces Promiscuos Municipales de
Turbaco, Arjona y Turbana JAIME CUESTA RIPOLL, Fiscal 5 Delegada ante el
Tribunal Superior de Cartagena, entre otros Fiscales y técnicos.
Nos asiste el pleno derecho de
ser incluidos en la Ley 1448 de 2011 del 11 de junio, así como lo señala el Art.
3 se considera victima aquellas personas que hayan sufrido un daño ocurrido a
partir del 1º de enero de 1985, el desplazamiento esta contemplado como una
infracción al Derecho Internacional Humanitario y en el peor de los casos
VIOLACION GRAVE Y MANIFIESTA a las normas Internacionales de Derechos Humanos.
En conexidad con los Artículos 74 despojo y/o abandono forzado de tierras: Se
entiende por DESPOJO la acción por medio de la cual, aprovechándose de la
situación de violencia, se priva arbitrariamente a una persona de su propiedad,
posesión u ocupación, ya sea de hecho mediante negocio jurídico, ACTO
ADMINISTRATIVO, sentencia, o mediante la COMISIÓN DE DELITOS ASOCIADOS A LA
SITUACION DE VIOLENCIA.
Inciso 3º del mismo Artículo
preceptúa: El despojo de la posesión del inmueble o el desplazamiento forzado
del poseedor durante el periodo establecido en el Artículo 75 no interrumpirá
el término de USUCAPION exigido por la normativa. (Hace 4 años los hermanos
MEZA no accionan). Articulo 75: TITULARES DEL DERECHO A LA RESTITUCION “Las
personas que fueran PROPIETARIAS o poseedoras de predios, o explotadoras de
baldíos cuya propiedad se pretenda adquirir por adjudicación, que hayan sido
DESPOJADA de estas o que se hallan visto obligadas a abandonarlas como
consecuencia directa e indirecta de los hechos que configuren las violaciones
de que trata el articulo 3° de la presente ley, entre primero de enero de 1991
y el termino de vigencia de la Ley pueden solicitar la restitución jurídica y
material de las tierras DESPOJADAS o abandonadas forzadamente, en los términos
establecidos en este capítulo”.
Ahora bien he acudido con mi
padre DAGOBERTO MEZA VASQUEZ hijo del causante GILBERTO MEZA MARIMON, a la
Unidad de Restitución de Tierras de Cartagena el día 13 de agosto de 2012, número
de inscripción 2611391308121501, OBZ0732. Denuncio que la atención que nos
brindo la funcionaria JOHANNY HERNANDEZ no se ajustó al deber de solidaridad y
respeto (Manifestó que la escritura y el certificado de tradición, NO SERVIAN
PARA NADA, también señalo que no somos AFROCOLOMBIANOS). No entregó copia de la
declaración rendida por el señor MEZA, argumentando reserva del sumario.
Desconociendo el debido proceso, Art. 29 de la C.N, que somos parte procesal,
motivo por el cual instauré el 17 de agosto derecho de petición Art. 23 C.N. Mas
sorpresa a un quien respondió el 26 de agosto el Derecho de petición es la Dra.
ELLA DEL CASTILLO, ¿será otra miembro del clan castillo, el gerente de la
empresa C.I. OCEANOS S.A. NICOLAS IGNACIO DEL CASTILLO PIEDRAHITA? Otro punto
que quiero socializar es la información suministrada por mi padre a la
funcionaria de la oficina de restitución de tierras Dra. JOHANNY HERNANDEZ no
se ajusta a lo manifestado por el ciudadano MEZA VASQUEZ, en el numeral 3
cuando se le pregunta sobre el autor del desplazamiento DAGOBERTO MEZA
respondió LOS PARAMILITARES, POLICIAS, CORREGIDORES E INSPECTORES, la funcionaria
digito OTRO, se le preguntó: Autor del despojo?, respondió LOS PARAMILITARES,
la funcionaria digito OTRO. El 27 de los corrientes instaure la correspondiente
queja, sin que a la fecha hayan respondido.
Indudablemente cada día me
asalta mas y mas la duda, NAUSICRATES PEREZ DAUTT, actual secretario del
MINISTERIO DEL INTERIOR en Cartagena Bolivar, u otro BLINDAJE de los
DESPOJADORES, ahora, se presenta como defensor de las comunidades
AFROCOLOMBIANAS de los nativos del caserío de ARARCA, SANTANA, BARU y pueblos
afro circunvecinos, pero hoy por hoy la triste realidad, es que quien no ha
sido DESPOJADO de sus tierras, están siendo amenazado y perturbada la ocupación
y posesión. Los grandes proyectos que se están desarrollando en la isla de Barú
y sus alrededores ponen en grave riesgo el patrimonio de estos pueblos
ancestrales, sin sus tierras para desarrollar sus cultivos, mantener su
identidad y sus tierras campesinas, pero como es la clase dirigente del país
los que están engañando al campesinado en aras de mantenerlos en la mas
completa miseria, y pensar que los defensores de esta MINORIA como el abogado
JAIRO RUIZ QUESEDO C.C. No 73.123.238 expedida en Cartagena Bol, T.P. No 23.735
de Minjusticia. Fue quien asistió durante 17 años, a los herederos de GILBERTO
MEZA MARIMON, afrodecendientes que no saben leer ni escribir, mucho menos conocen
de actuaciones jurídicas.
Este abogado fue requerido por
la Fiscal Local 5 CLAUDIA MARCELA MARTINEZ MURILLO a solicitud del señor
GUILLERMO MEZA CONTRERAS, en 5
oportunidades y JAMAS se le tomó la declaración bajo la gravedad del juramento:
Las fechas de los requerimientos fueron la 1ª, el lunes 3 de febrero de 2003, la
2ª marzo 19 de 2003, la 3ª marzo 25 de 2003, la 4ª abril 25 de 2003 a las 09:
30 horas y la ultima y 5ª fue el 14 de mayo de 2003. En resumidas cuentas TODO
UN CONCIERTO PARA DELINQUIR.
¡El colmo!, como es posible que
un Afro como GUILLERMO MEZA CONTRERAS, instaure una demanda solicitando al Juez
Constitucional la PRESCRIPCION ADQUISITIVA DEL DOMINIO, teniendo la posesión,
ocupación, escritura y certificado de tradición, estrategias como estas son típicas
de abogados corruptos como JAIRO RUIZ QUESEDO.
Diligencia de Inspección
judicial dejadas de hacer por parte de la Fiscal Local 5ª CLAUDIA MARCELA
MARTINEZ MURILLO el 29 de noviembre de 2002 a las 08.30 horas: Donde se declara
lo siguiente: ya ubicados en el lugar fuimos atendidos por el doctor LEONCIO
JAIMES TORRES quien se identifica con la CC. # 7.885.842 de ARJONA –BOLIVAR,
agrónomo Reforestador de ASUPER LTDA, quien enterado del objeto de la
diligencia manifestó que para facilidad del despacho y a efectos de que se surta
la presente diligencia, sugiere nos
traslademos hasta los oficinas jurídicas de C.I. OCEANOS S.A ubicados en Mamonal
kilómetro 1. No. 1-504, donde reposan las fotografías aéreas, los mapas, las
escrituras publicas, los registros y demás documentos pertinentes a los terrenos
que hoy nos ocupan. Considera el despacho vista la información suministrada, la
extensión de los terrenos y la dificultad de la practica de la misma, que se
hace necesario suspender ésta y firman los actores, CLAUDIA MARCELA MARTINEZ, fiscal
local 5ª, GONZALO GONZALEZ A., GONZALO RAFAEL GONZALEZ ALVAREZ, peritofotógrafo-técnico
judicial 1 del CTI, OLGA REBECA CABRALES DE LA PAVA, bióloga investigadora II
C.T.I., DR. LEODONCIO JAIMEZ TORRES, agrónomo reforestador de Asuper Ltda. y MARGOTH JACOME GIMENEZ, asistente judicial I.
Uno de los instrumento que
cuenta el estado colombiano para garantizar La Obligación de reparar a la
victimas, Es una Política Publica en matearía de restitución de tierra, las
Condiciones Estructurales y el Despojo así como investigaciones Juzgamientos y
sanción de los responsables de estos hechos. Y la identificación de las
molaridades del despojo Se necesita una acción judicial Que se constituya en
precedente ejemplarizante y poder demostrar como la justicia debe ser
administrada de manera implacable para sancionar a Los funcionarios corruptos,
que influyeron en el despojo de un lote de terreno del cual es propietario, el
desaparecido GILBERTO MEZA MARIMÓN, el tema de despojo del cual fueron objeto los
herederos MEZA, aparece asociado a la constatación de las enormes dimensiones
de la corrupción en aras de concretar el despojo de tierras, Acolitado por
funcionarios como NAUSICRATES PÉREZ DAUTT que amparándose en el cargo que
ostentaba alcalde ad-hoc ordena a la corregidora de Pasacaballo el despojo de
un lote de terreno de 779 hectareas, de una familia ancestral, afrocolombianos,
que a pesar de gozar de todos los privilegios otorgados por las leyes
colombianas FUERON DESPLAZADOS y/o DESPOJADOS por los representantes del Estado,
no se tuvo en cuenta que se cursaban investigaciones judiciales al respecto.
Solicito respetuosamente al
gobierno Nacional, con el acompañamiento de ORGANIZACIONES INTERNACIONALES
comisionar a investigadores idóneos y justos para que se esclarezcan los hechos
que originaron el DESPLAZAMIENTO Y/O EL DESPOJO. Indudablemente los herederos
de GILBERTO MEZA MARIMON quienes fueron victimas de la Triada Siniestra del
despojo, sufriendo violencia, desempleo, desplazamiento, indiferencia del Ministerio
Público como el procurador regional del año 1985, el procurador general de la
nación del año 1993, el procurador general de la nación del año 2008 en Bogota,
Defensoría del Pueblo de Cartagena, funcionarios como el doctor EMIRO RODRIGUEZ
en Cartagena y al doctor ANTONIO PADILLA en la ciudad de BOGOTA D.C.
El DESPOJO y el DESPLAZAMIENTO
del cual fue objeto la familia MEZA, aplicadas por policías, inspectores,
corregidores y grupos encapuchados plenamente conocidos en la región, además de
actuaciones RASTREABLES en los juzgados SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA,
JUZGADO 13 DE INSTRUCCIÓN CRIMINAL, JUZGADO 4 CIVIL DEL CIRCUITO, JUZGADO 6
CIVIL DEL CIRCUITO OSWALDO ORTIZ CERVANTES y en LA FISCALIA GENERAL DE LA
NACION, FISCALIA 9 DEMOSTENE CAMARGO DE AVILA actuación año 2000, FISCAL LOCAL
5 CLAUDIA MARCELA MARTINEZ MURILLO año 2001 a 2003 la mas lesiva a los
intereses de La familia MEZA, fiscalía delegada ante los jueces promiscuos
municipales TURBACO, TURBANA Y ARJONA, FISCALIA 14 FISCAL FAVIO CEVERICHE
MERCADO Y KAREN DE JESUS ORTEGA ORDOSGOITIA actuación año 2003 al 2005, FISCAL
5ª DELEGADA ANTE EL TRIBUNAL SUPERIOR DE
CARTAGENA JAIME CUESTA RIPOLL actuación año 2008, FISCAL SECCIONAL 41 FERNANDO
BARBOZA DIAZ, NANCY JUDITH MANTILLA MARTINEZ JEFE UNIDAD DE POLICIA JUDICIAL
FISCALIA GENERAL DE LA NACION, FISCALIA 16 DE INVESTIGACIONES ESPECIALES DE
CARTAGENA BOLIVAR CESAR AUGUSTO NUÑEZ CUERVO DIRECTOR CUERPO TÉCNICO DE INVESTIGACIONES
actuación 2002, NELSON CAMELO CUBIDES JEFE DE SECCION, INFORMACION Y ANALISIS
FISCALIA GENERAL DE LA NACION, ASISTENTES JUDICIALES Y O PERITOS FISCALIA
GENERAL DE LA NACION IVETH MARIA DIAZ BLANCO ASISTE FISCAL 2, LILIANA PICON
SERRANO ASISTENTE DE FISCAL 2, OLGA CABRALES DE LA PAVA INVESTIGADOR JUDICIAL 2
BIOLOGA VARIABLE MEDIO AMBIENTE, LUZ DARI SALAZAR MORALES TECNICO CTI, ROBINSON
ROCA MERCADO, JUAN CARLOS MORALES ARANGO, CARMEN TORRES COGOLLO KETTI DHALABI
RENGIFO ASISTENTE DE FISCAL 14, JULIO CESAR TORRES PEREIRA SECRETARIO JUDICIAL
1, EDGAR CASTRO HERRERA TÉCNICO JUDICIAL 1, GONZALO RAFAEL GONZALES ALVARES
PERITO FOTOGRAFO TECNICO JUDICIAL 1, MARGOTH DEL CARMEN JACOME JIMENEZ TECNICO
JUDICIAL 1 otra que le hizo mucho daño a los intereses de la familia despojada
hermanos MEZA, DAVEIBA AVILA OLIVARES SECRETARIA JUDICIAL 1, MARTIN CABARCAS
QUINTANA INVESTIGADOR JUDICIAL 1, EDUARDO RAFAEL BOSSA ANGEL TECNICO JUDICIAL 1,
ALVARO ANTONIO COLON TORRES JEFE SECCION CRIMINALISTICA, LEONEL CABARCAS ANGULO
TECNICO JUDICIAL CTI, ENRIQUE MEDINA PERDOMO INVESTIGADOR JUDICIAL 2, MARIA
ISABEL PARRA HINOJOSA TECNICO JUDICIAL FISCALIA LOCAL 9, JULIO ORLANDO ROJAS
TECNICO JUDICIAL 2 ASIGNADO A LA FISCALIA DE INVESTIGACIONES ESPECIALES AÑO 1994,
otros RASTREABLES como Instituto Geográfico Agustín Codazzi en Cartagena de
Indias y Bogota D.C., Notaria Tercera de Cartagena , oficina de registro de Instrumentos
Públicos de Cartagena.
Fue el alcalde AD-HOC NAUSICRATES
PÉREZ DAUTT quien ocasiono el ultimo despojo a través del acto administrativo
resolución numero 3997 de septiembre 9 de 1999 y despacho comisorio 341 de
noviembre 22 del mismo año desconociendo que los herederos de GILBERTO MEZA
MARIMON además de poseer los títulos que le dan la calidad de amo señor y dueño
de la tierra también tenían la posesión y ocupación de estas.
Me he visto en la necesidad de
pedirle al Estado colombiano, así como a las Organizaciones Internacionales que
me BRINDEN SEGURIDAD, mi vida esta en GRAVE PELIGRO, seguramente habrá
investigaciones rigurosas realizadas por peritos expertos, habrá veeduría
internacional, destituciones, condenados inhabilitados para ocupar cargos
públicos de por vida, el buen nombre de las familias prestantes colombianas
implicadas en este caso saldrán a la palestra pública a nivel local, nacional e
internacional, lo mas viable para estos bandidos seguramente será ACABAR CON MI
VIDA. Todo esta servido para que accionen. NAUSICRATES PEREZ DAUTT es el
encargado de brindarme seguridad, hizo parte del despojo y el desplazamiento,
porque cuando quisimos regresar ya había hombres armados en nuestras tierras.
Hoy nuestras 779 hectáreas de tierras son explotadas por la empresa C.I. OCEANOS
SA, DE PROPIEDAD DEL GRUPO SANTODOMINGO, quienes a través de falsas tradiciones
y simulaciones de sus empresas como REFORESTADORA DE LA COSTA, VIKINGOS Y LA
MISMA OCEANOS entre otras como AGROMACONDO, C.I. BANACOL, GANADERIA DEL CANAL
DEL DIQUE.
En una de las 2 declaraciones
que rindió el gran señor que todo lo puede en Cartagena NICOLÁS IGNACIO DEL
CASTILLO PIEDRAHITA identificado con la CC. No 79.150.118 Expedida en Usaquen
Cundinamarca, el día 10 de Julio de 2001 manifestó que la empresa C.I. OCEANOS
S.A, le compraron en Julio 30 de 1999 367 hectáreas a la REFORESTADORA DE LA
COSTA, perteneciente al GRUPO BAVARIA. Que han comprado un total de 2600
hectáreas, que la COMPRA de estas tierras se INICIO en 1987. Que esta enterado
de varios problemas que hemos tenido TODOS los propietarios de la ISLA el COVAO
con una persona de apellido MEZA, quien hace unos 5 años pretendió sacarnos de
la isla el COVAO, este incidente fue resuelto favorablemente por la alcaldía de
CARTAGENA cuyo Alcalde era el señor NICOLAS CURI. También señala que el
representante de la REFORESTADORA DE LA COSTA es el Dr. PEDRO HERNANDEZ SOURDIS
SOULIER.
Al enseñársele la escritura y
el certificado de tradición que le da la calidad de propietarios a la familia
MEZA, el señor DEL CASTILLO respondió: Yo pienso que los linderos son tan
generales y la isla del COVAO es tan grande que PUEDE SER EN CUALQUIER PARTE.
También manifiesta que genera más de 1700 empleos directos.
Nuevamente y extrañamente se
presenta a declarar el 8 de agosto de 2001, la Fiscal le pregunta si existe
ESCRITURA DE ENGLOBE perteneciente a la sociedad de la comercializadora
INTERNACIONAL OCEANOS S.A.: Contesto NO EXISTE ESCRITURA DE ENGLOBE, pero si
tenemos 12 escrituras donde todas suman 2600 hectáreas. Se le pregunta por qué
no compró directamente los títulos, manifestó porque era mas difícil definir
las posesiones y luego como estrategia para legalizarlas decidimos comprar los
títulos, esta compra de títulos se hizo mas como un favor a ALEJANDRO ROMAN y
la financiera SURAMERICANA.
El mismo 10 de julio de 2001
rindió declaración juramentada el primer falso abogados de los hermanos MEZA,
LUIS RAFAEL BORJA GONZALEZ CC. No 7.424.701 de Barranquilla Atlántico señala
que los hermanos MEZA estuvieron en mi despacho para que los atendiera sobre un
negocio de tierras hace mas de 20 años. Manifiesta que en la zona el COVAO
TODOS RECONOCÍAN A ELLOS QUE ESAS TIERRAS LAS HABIA DEJADO EL PADRE DE ELLOS.
Como se puede observar el
Derecho le asiste a esta humilde familia afrodescendiente, que por mas de 25
años hemos librado una la lucha pacifica en los estados judiciales contra la
oligarquía Colombiana. Hoy estoy plenamente convencido que con la entrada en
vigencia de la ley 1148 de 2011, miles de familias CAMPESINAS alcanzaremos la
meta trazada, que es recuperar nuestras tierras. Solo con Justicia Social habrá
paz duradera en el país del sagrado corazón.
Dios los bendiga.
Notificaciones: Barrio Daniel Lemaitre
2ª etapa calle 20 de julio No 18-46 Cartagena Colombia
Tel: (5) 6580880 Celular
320-7280851.
Correo: ninomeza2020@hotmail.com
Att:
DIOGENES MEZA ARIZA
C.C.
Ministerio del Interior
1.
Ministerio de Agricultora
2.
Senador Alexander López
3.
Director de la Policía
Nacional
4.
Fiscal General de
la Nación
5.
Derechos Humanos
6.
O.E.A.
Organización de los Estados Americanos
7.
Comisión
Iberoamericana de Derechos Humanos
8.
Defensor del
Pueblo
9.
Presidencia de la republica
10. SECRETARIO
GENERAL DE LA PRESIDENCIA
11. JUAN
MEZA ZULETA
12. PRCURADURÍA
GENERAL DE LA NACIÓN
13. FISCAL
GENERAL DE LA NACIÓN
14. MINISTERIO
DEL INTERIOR
15. DEFENSORÍA
DEL PUEBLO JORGE ARMANDO OTALORA GOMEZ
16. MINISTRO
DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
17. COMISIÓN
COLOMBIANA DE JURISTAS
18. UNIVERSIDAD
JAVERIANA FACULTAD DE DERECHO
19. OIM
– ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE LAS MIGRACIONES
20. CONGESO
NEGRO NORTEAMERICANO
21. COMISIÓN
DE LA COMUNIDAD EUROPEA
22. MOVIMIENTO
NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS – CIMARRON
23. JUAN
DE DIOS MOSQUERA
24. USAID
25. REDAFRO
26. EDWIN
SALCEDO VASQUEZ
27. JUAN
GUTIERREZ
28. IVAN
CEPEDA
29. PNUD
COLOMBIA fo.col@undp.org
30. Superintendente de Notariado y Registro, Jorge Enrique
Vélez García
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