Despojo de tierras FAMILIA MEZA en Cartagena Colombia


Cartagena de Indias D. T. y C., Septiembre 17 de 2012


Dr.
JUAN MANUEL SANTOS
Presidente de la Republica
Bogotá D.C.


Cordial saludo,

Es lamentable que la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas (Art. ARTICULO 1° del Decreto 4829 del 2011), se haya convertido en fortín político de los victimarios y sus socios  para pasar a ser unidades encargadas de negar derechos a las víctimas, usuarios de sus servicios, como es el caso de la ciudad de Cartagena donde trabaja la Abogada ELLA DEL CASTILLO,  profesional Especializado Grado 17 con oficina en la Calle 32 No. 8a-  80 Sector “La Matuna, Edificio Banco Cafetero, Segundo Piso, teléfonos (57-5). 6700477 Cartagena Colombia, www.restitucióndetierras.gov.co, es familiar de segundo grado consanguinidad del Señor NICOLAS IGNACIO DEL CASTILLO PIEDRAHITA, Presidente de C.I. C.I. OCEANOS S.A.  Actuales poseedores ilegales de las 779 hectáreas de tierras despojadas a la Familia MEZA, por lo hechos que a continuación me permito exponer, así:   
Comedidamente me permito continuar poniendo en conocimiento ante las altas instancias estatales y la comunidad internacional, la situación degradante a la cual hemos sido sometidos los herederos de GILBERTO MEZA MARIMON q.e.p.d. Entre los que me permito señalar. Desplazamiento y despojo de tierras por parte de actores armados, despojo de tierra que se realizaron sin orden judicial competente por parte del inspector de policía del corregimiento de Santa Ana Bolívar Colombia además de ignorar que mi familia a parte de poseer la posesión y la ocupación del lote denominado Guaranao, también gozaban de la escritura publica No 355, registrada ante el juzgado Primero Civil del Circuito de Cartagena Bolívar y certificado de tradición numero 06-0048187 expedido por la oficina de Notariado y Registro de Cartagena, GILBERTO MEZA MARIMON, con el acompañamiento de 2 testigo manifestó ante el señor Juez que tenia posesión material pacifica e ininterrumpida desde el año de 1912, o sea que a la fecha del despojo tenia mas de 70 años de tener la calidad de amo señor y dueño. Este despojo se suscitó en el año de 1985 el día 2 de octubre, situación que se puso en conocimiento del Ministerio Público, más exactamente al Procurador Regional de Bolívar, pero como suele suceder en el Estado de Derecho Colombiano esta noticia criminal no trascendió, y como suele suceder no paso nada, Cuando las familias prestantes como los CURI, LEMAITRE, VELEZ, DEL CASTILLO, WOLF, GARAY, SANTODOMINGOS entre otros violan los derecho de las Comunidades Afrocolombianas como en este caso los herederos de mi abuelo MEZA MARIMON.
El segundo despojo y desplazamiento se presento en el año 1993, donde luego de recuperar la posesión de su predio, y de reiteradas amenazas por parte del señor BLAS ELIAS, este en compañía de hombres encapuchados y fuertemente armados, perforan las paredes y el techo de la vivienda de los herederos MEZA, viéndose obligados a desplazarse hacia la ciudad de Cartagena, nuevamente, se pone en conocimiento del Ministerio Público los hechos violentos, que hoy son tipificados por Organizaciones Internacionales como la O.N.U, la O.E.A. Y la Comisión Ibero Americana de Derechos Humanos. Procurador General de la Nación y la Fiscalia General de la Nación lo sucedido, donde solo atendió el grito de auxilio este ultimo, desafortunadamente para nuestros intereses y el derecho Constitucionalista que nos asistía jamás se aplicó, porque la entidad investigadora por excelencia en Colombia, la Fiscalia General de la Nación en Cartagena esta Infiltrada a través de funcionarios como la fiscal local 5 año 2001 CLAUDIA MARCELA MARTINEZ MURILLO, el recomendador de abogados para que asistieran a los hermanos MEZA, el Fiscal 9 del año 2000 DEMOSTENES CAMARGO DE AVILA y KAREN DE JESUS ORTEGA ORDOSGOITIA, Fiscal 14 delegado ante los Jueces Promiscuos Municipales de Turbaco, Arjona y Turbana JAIME CUESTA RIPOLL, Fiscal 5 Delegada ante el Tribunal Superior de Cartagena, entre otros Fiscales y técnicos.
Nos asiste el pleno derecho de ser incluidos en la Ley 1448 de 2011 del 11 de junio, así como lo señala el Art. 3 se considera victima aquellas personas que hayan sufrido un daño ocurrido a partir del 1º de enero de 1985, el desplazamiento esta contemplado como una infracción al Derecho Internacional Humanitario y en el peor de los casos VIOLACION GRAVE Y MANIFIESTA a las normas Internacionales de Derechos Humanos. En conexidad con los Artículos 74 despojo y/o abandono forzado de tierras: Se entiende por DESPOJO la acción por medio de la cual, aprovechándose de la situación de violencia, se priva arbitrariamente a una persona de su propiedad, posesión u ocupación, ya sea de hecho mediante negocio jurídico, ACTO ADMINISTRATIVO, sentencia, o mediante la COMISIÓN DE DELITOS ASOCIADOS A LA SITUACION DE VIOLENCIA.
Inciso 3º del mismo Artículo preceptúa: El despojo de la posesión del inmueble o el desplazamiento forzado del poseedor durante el periodo establecido en el Artículo 75 no interrumpirá el término de USUCAPION exigido por la normativa. (Hace 4 años los hermanos MEZA no accionan). Articulo 75: TITULARES DEL DERECHO A LA RESTITUCION “Las personas que fueran PROPIETARIAS o poseedoras de predios, o explotadoras de baldíos cuya propiedad se pretenda adquirir por adjudicación, que hayan sido DESPOJADA de estas o que se hallan visto obligadas a abandonarlas como consecuencia directa e indirecta de los hechos que configuren las violaciones de que trata el articulo 3° de la presente ley, entre primero de enero de 1991 y el termino de vigencia de la Ley pueden solicitar la restitución jurídica y material de las tierras DESPOJADAS o abandonadas forzadamente, en los términos establecidos en este capítulo”.
Ahora bien he acudido con mi padre DAGOBERTO MEZA VASQUEZ hijo del causante GILBERTO MEZA MARIMON, a la Unidad de Restitución de Tierras de Cartagena el día 13 de agosto de 2012, número de inscripción 2611391308121501, OBZ0732. Denuncio que la atención que nos brindo la funcionaria JOHANNY HERNANDEZ no se ajustó al deber de solidaridad y respeto (Manifestó que la escritura y el certificado de tradición, NO SERVIAN PARA NADA, también señalo que no somos AFROCOLOMBIANOS). No entregó copia de la declaración rendida por el señor MEZA, argumentando reserva del sumario. Desconociendo el debido proceso, Art. 29 de la C.N, que somos parte procesal, motivo por el cual instauré el 17 de agosto derecho de petición Art. 23 C.N. Mas sorpresa a un quien respondió el 26 de agosto el Derecho de petición es la Dra. ELLA DEL CASTILLO, ¿será otra miembro del clan castillo, el gerente de la empresa C.I. OCEANOS S.A. NICOLAS IGNACIO DEL CASTILLO PIEDRAHITA? Otro punto que quiero socializar es la información suministrada por mi padre a la funcionaria de la oficina de restitución de tierras Dra. JOHANNY HERNANDEZ no se ajusta a lo manifestado por el ciudadano MEZA VASQUEZ, en el numeral 3 cuando se le pregunta sobre el autor del desplazamiento DAGOBERTO MEZA respondió LOS PARAMILITARES, POLICIAS, CORREGIDORES E INSPECTORES, la funcionaria digito OTRO, se le preguntó: Autor del despojo?, respondió LOS PARAMILITARES, la funcionaria digito OTRO. El 27 de los corrientes instaure la correspondiente queja, sin que a la fecha hayan respondido.
Indudablemente cada día me asalta mas y mas la duda, NAUSICRATES PEREZ DAUTT, actual secretario del MINISTERIO DEL INTERIOR en Cartagena Bolivar, u otro BLINDAJE de los DESPOJADORES, ahora, se presenta como defensor de las comunidades AFROCOLOMBIANAS de los nativos del caserío de ARARCA, SANTANA, BARU y pueblos afro circunvecinos, pero hoy por hoy la triste realidad, es que quien no ha sido DESPOJADO de sus tierras, están siendo amenazado y perturbada la ocupación y posesión. Los grandes proyectos que se están desarrollando en la isla de Barú y sus alrededores ponen en grave riesgo el patrimonio de estos pueblos ancestrales, sin sus tierras para desarrollar sus cultivos, mantener su identidad y sus tierras campesinas, pero como es la clase dirigente del país los que están engañando al campesinado en aras de mantenerlos en la mas completa miseria, y pensar que los defensores de esta MINORIA como el abogado JAIRO RUIZ QUESEDO C.C. No 73.123.238 expedida en Cartagena Bol, T.P. No 23.735 de Minjusticia. Fue quien asistió durante 17 años, a los herederos de GILBERTO MEZA MARIMON, afrodecendientes que no saben leer ni escribir, mucho menos conocen de actuaciones jurídicas.
Este abogado fue requerido por la Fiscal Local 5 CLAUDIA MARCELA MARTINEZ MURILLO a solicitud del señor GUILLERMO MEZA CONTRERAS,  en 5 oportunidades y JAMAS se le tomó la declaración bajo la gravedad del juramento: Las fechas de los requerimientos fueron la 1ª, el lunes 3 de febrero de 2003, la 2ª marzo 19 de 2003, la 3ª marzo 25 de 2003, la 4ª abril 25 de 2003 a las 09: 30 horas y la ultima y 5ª fue el 14 de mayo de 2003. En resumidas cuentas TODO UN CONCIERTO PARA DELINQUIR.
¡El colmo!, como es posible que un Afro como GUILLERMO MEZA CONTRERAS, instaure una demanda solicitando al Juez Constitucional la PRESCRIPCION ADQUISITIVA DEL DOMINIO, teniendo la posesión, ocupación, escritura y certificado de tradición, estrategias como estas son típicas de abogados corruptos como JAIRO RUIZ QUESEDO.
Diligencia de Inspección judicial dejadas de hacer por parte de la Fiscal Local 5ª CLAUDIA MARCELA MARTINEZ MURILLO el 29 de noviembre de 2002 a las 08.30 horas: Donde se declara lo siguiente: ya ubicados en el lugar fuimos atendidos por el doctor LEONCIO JAIMES TORRES quien se identifica con la CC. # 7.885.842 de ARJONA –BOLIVAR, agrónomo Reforestador de ASUPER LTDA, quien enterado del objeto de la diligencia manifestó que para facilidad del despacho y a efectos de que se surta la presente diligencia, sugiere nos traslademos hasta los oficinas jurídicas de C.I. OCEANOS S.A ubicados en Mamonal kilómetro 1. No. 1-504, donde reposan las fotografías aéreas, los mapas, las escrituras publicas, los registros y demás documentos pertinentes a los terrenos que hoy nos ocupan. Considera el despacho vista la información suministrada, la extensión de los terrenos y la dificultad de la practica de la misma, que se hace necesario suspender ésta y firman los actores, CLAUDIA MARCELA MARTINEZ, fiscal local 5ª, GONZALO GONZALEZ A., GONZALO RAFAEL GONZALEZ ALVAREZ, peritofotógrafo-técnico judicial 1 del CTI, OLGA REBECA CABRALES DE LA PAVA, bióloga investigadora II C.T.I., DR. LEODONCIO JAIMEZ TORRES, agrónomo reforestador de Asuper Ltda. y  MARGOTH JACOME GIMENEZ, asistente judicial I.
Uno de los instrumento que cuenta el estado colombiano para garantizar La Obligación de reparar a la victimas, Es una Política Publica en matearía de restitución de tierra, las Condiciones Estructurales y el Despojo así como investigaciones Juzgamientos y sanción de los responsables de estos hechos. Y la identificación de las molaridades del despojo Se necesita una acción judicial Que se constituya en precedente ejemplarizante y poder demostrar como la justicia debe ser administrada de manera implacable para sancionar a Los funcionarios corruptos, que influyeron en el despojo de un lote de terreno del cual es propietario, el desaparecido GILBERTO MEZA MARIMÓN, el tema de despojo del cual fueron objeto los herederos MEZA, aparece asociado a la constatación de las enormes dimensiones de la corrupción en aras de concretar el despojo de tierras, Acolitado por funcionarios como NAUSICRATES PÉREZ DAUTT que amparándose en el cargo que ostentaba alcalde ad-hoc ordena a la corregidora de Pasacaballo el despojo de un lote de terreno de 779 hectareas, de una familia ancestral, afrocolombianos, que a pesar de gozar de todos los privilegios otorgados por las leyes colombianas FUERON DESPLAZADOS y/o DESPOJADOS por los representantes del Estado, no se tuvo en cuenta que se cursaban investigaciones judiciales al respecto.
Solicito respetuosamente al gobierno Nacional, con el acompañamiento de ORGANIZACIONES INTERNACIONALES comisionar a investigadores idóneos y justos para que se esclarezcan los hechos que originaron el DESPLAZAMIENTO Y/O EL DESPOJO. Indudablemente los herederos de GILBERTO MEZA MARIMON quienes fueron victimas de la Triada Siniestra del despojo, sufriendo violencia, desempleo, desplazamiento, indiferencia del Ministerio Público como el procurador regional del año 1985, el procurador general de la nación del año 1993, el procurador general de la nación del año 2008 en Bogota, Defensoría del Pueblo de Cartagena, funcionarios como el doctor EMIRO RODRIGUEZ en Cartagena y al doctor ANTONIO PADILLA en la ciudad de BOGOTA D.C.
El DESPOJO y el DESPLAZAMIENTO del cual fue objeto la familia MEZA,  aplicadas por policías, inspectores, corregidores y grupos encapuchados plenamente conocidos en la región, además de actuaciones RASTREABLES en los juzgados SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA, JUZGADO 13 DE INSTRUCCIÓN CRIMINAL, JUZGADO 4 CIVIL DEL CIRCUITO, JUZGADO 6 CIVIL DEL CIRCUITO OSWALDO ORTIZ CERVANTES y en LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION, FISCALIA 9 DEMOSTENE CAMARGO DE AVILA actuación año 2000, FISCAL LOCAL 5 CLAUDIA MARCELA MARTINEZ MURILLO año 2001 a 2003 la mas lesiva a los intereses de La familia MEZA, fiscalía delegada ante los jueces promiscuos municipales TURBACO, TURBANA Y ARJONA, FISCALIA 14 FISCAL FAVIO CEVERICHE MERCADO Y KAREN DE JESUS ORTEGA ORDOSGOITIA actuación año 2003 al 2005, FISCAL 5ª  DELEGADA ANTE EL TRIBUNAL SUPERIOR DE CARTAGENA JAIME CUESTA RIPOLL actuación año 2008, FISCAL SECCIONAL 41 FERNANDO BARBOZA DIAZ, NANCY JUDITH MANTILLA MARTINEZ JEFE UNIDAD DE POLICIA JUDICIAL FISCALIA GENERAL DE LA NACION, FISCALIA 16 DE INVESTIGACIONES ESPECIALES DE CARTAGENA BOLIVAR CESAR AUGUSTO NUÑEZ CUERVO DIRECTOR CUERPO TÉCNICO DE INVESTIGACIONES actuación 2002, NELSON CAMELO CUBIDES JEFE DE SECCION, INFORMACION Y ANALISIS FISCALIA GENERAL DE LA NACION, ASISTENTES JUDICIALES Y O PERITOS FISCALIA GENERAL DE LA NACION IVETH MARIA DIAZ BLANCO ASISTE FISCAL 2, LILIANA PICON SERRANO ASISTENTE DE FISCAL 2, OLGA CABRALES DE LA PAVA INVESTIGADOR JUDICIAL 2 BIOLOGA VARIABLE MEDIO AMBIENTE, LUZ DARI SALAZAR MORALES TECNICO CTI, ROBINSON ROCA MERCADO, JUAN CARLOS MORALES ARANGO, CARMEN TORRES COGOLLO KETTI DHALABI RENGIFO ASISTENTE DE FISCAL 14, JULIO CESAR TORRES PEREIRA SECRETARIO JUDICIAL 1, EDGAR CASTRO HERRERA TÉCNICO JUDICIAL 1, GONZALO RAFAEL GONZALES ALVARES PERITO FOTOGRAFO TECNICO JUDICIAL 1, MARGOTH DEL CARMEN JACOME JIMENEZ TECNICO JUDICIAL 1 otra que le hizo mucho daño a los intereses de la familia despojada hermanos MEZA, DAVEIBA AVILA OLIVARES SECRETARIA JUDICIAL 1, MARTIN CABARCAS QUINTANA INVESTIGADOR JUDICIAL 1, EDUARDO RAFAEL BOSSA ANGEL TECNICO JUDICIAL 1, ALVARO ANTONIO COLON TORRES JEFE SECCION CRIMINALISTICA, LEONEL CABARCAS ANGULO TECNICO JUDICIAL CTI, ENRIQUE MEDINA PERDOMO INVESTIGADOR JUDICIAL 2, MARIA ISABEL PARRA HINOJOSA TECNICO JUDICIAL FISCALIA LOCAL 9, JULIO ORLANDO ROJAS TECNICO JUDICIAL 2 ASIGNADO A LA FISCALIA DE INVESTIGACIONES ESPECIALES AÑO 1994, otros RASTREABLES como Instituto Geográfico Agustín Codazzi en Cartagena de Indias y Bogota D.C., Notaria Tercera de Cartagena , oficina de registro de Instrumentos Públicos de Cartagena.
Fue el alcalde AD-HOC NAUSICRATES PÉREZ DAUTT quien ocasiono el ultimo despojo a través del acto administrativo resolución numero 3997 de septiembre 9 de 1999 y despacho comisorio 341 de noviembre 22 del mismo año desconociendo que los herederos de GILBERTO MEZA MARIMON además de poseer los títulos que le dan la calidad de amo señor y dueño de la tierra también tenían la posesión y ocupación de estas.
Me he visto en la necesidad de pedirle al Estado colombiano, así como a las Organizaciones Internacionales que me BRINDEN SEGURIDAD, mi vida esta en GRAVE PELIGRO, seguramente habrá investigaciones rigurosas realizadas por peritos expertos, habrá veeduría internacional, destituciones, condenados inhabilitados para ocupar cargos públicos de por vida, el buen nombre de las familias prestantes colombianas implicadas en este caso saldrán a la palestra pública a nivel local, nacional e internacional, lo mas viable para estos bandidos seguramente será ACABAR CON MI VIDA. Todo esta servido para que accionen. NAUSICRATES PEREZ DAUTT es el encargado de brindarme seguridad, hizo parte del despojo y el desplazamiento, porque cuando quisimos regresar ya había hombres armados en nuestras tierras. Hoy nuestras 779 hectáreas de tierras son explotadas por la empresa C.I. OCEANOS SA, DE PROPIEDAD DEL GRUPO SANTODOMINGO, quienes a través de falsas tradiciones y simulaciones de sus empresas como REFORESTADORA DE LA COSTA, VIKINGOS Y LA MISMA OCEANOS entre otras como AGROMACONDO, C.I. BANACOL, GANADERIA DEL CANAL DEL DIQUE.
En una de las 2 declaraciones que rindió el gran señor que todo lo puede en Cartagena NICOLÁS IGNACIO DEL CASTILLO PIEDRAHITA identificado con la CC. No 79.150.118 Expedida en Usaquen Cundinamarca, el día 10 de Julio de 2001 manifestó que la empresa C.I. OCEANOS S.A, le compraron en Julio 30 de 1999 367 hectáreas a la REFORESTADORA DE LA COSTA, perteneciente al GRUPO BAVARIA. Que han comprado un total de 2600 hectáreas, que la COMPRA de estas tierras se INICIO en 1987. Que esta enterado de varios problemas que hemos tenido TODOS los propietarios de la ISLA el COVAO con una persona de apellido MEZA, quien hace unos 5 años pretendió sacarnos de la isla el COVAO, este incidente fue resuelto favorablemente por la alcaldía de CARTAGENA cuyo Alcalde era el señor NICOLAS CURI. También señala que el representante de la REFORESTADORA DE LA COSTA es el Dr. PEDRO HERNANDEZ SOURDIS SOULIER.
Al enseñársele la escritura y el certificado de tradición que le da la calidad de propietarios a la familia MEZA, el señor DEL CASTILLO respondió: Yo pienso que los linderos son tan generales y la isla del COVAO es tan grande que PUEDE SER EN CUALQUIER PARTE. También manifiesta que genera más de 1700 empleos directos.
Nuevamente y extrañamente se presenta a declarar el 8 de agosto de 2001, la Fiscal le pregunta si existe ESCRITURA DE ENGLOBE perteneciente a la sociedad de la comercializadora INTERNACIONAL OCEANOS S.A.: Contesto NO EXISTE ESCRITURA DE ENGLOBE, pero si tenemos 12 escrituras donde todas suman 2600 hectáreas. Se le pregunta por qué no compró directamente los títulos, manifestó porque era mas difícil definir las posesiones y luego como estrategia para legalizarlas decidimos comprar los títulos, esta compra de títulos se hizo mas como un favor a ALEJANDRO ROMAN y la financiera SURAMERICANA.
El mismo 10 de julio de 2001 rindió declaración juramentada el primer falso abogados de los hermanos MEZA, LUIS RAFAEL BORJA GONZALEZ CC. No 7.424.701 de Barranquilla Atlántico señala que los hermanos MEZA estuvieron en mi despacho para que los atendiera sobre un negocio de tierras hace mas de 20 años. Manifiesta que en la zona el COVAO TODOS RECONOCÍAN A ELLOS QUE ESAS TIERRAS LAS HABIA DEJADO EL PADRE DE ELLOS.
Como se puede observar el Derecho le asiste a esta humilde familia afrodescendiente, que por mas de 25 años hemos librado una la lucha pacifica en los estados judiciales contra la oligarquía Colombiana. Hoy estoy plenamente convencido que con la entrada en vigencia de la ley 1148 de 2011, miles de familias CAMPESINAS alcanzaremos la meta trazada, que es recuperar nuestras tierras. Solo con Justicia Social habrá paz duradera en el país del sagrado corazón.
Dios los bendiga.
Notificaciones: Barrio Daniel Lemaitre 2ª etapa calle 20 de julio No 18-46 Cartagena Colombia
Tel: (5) 6580880 Celular 320-7280851.


Att:

DIOGENES MEZA ARIZA

C.C. Ministerio del Interior
1.        Ministerio de Agricultora
2.        Senador Alexander López
3.        Director de la Policía Nacional
4.        Fiscal General de la Nación
5.        Derechos Humanos
6.        O.E.A. Organización de los Estados Americanos
7.        Comisión Iberoamericana de Derechos Humanos
8.        Defensor del Pueblo
9.        Presidencia de la republica
10.     SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA
11.     JUAN MEZA ZULETA
12.     PRCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
13.     FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN
14.     MINISTERIO DEL INTERIOR
15.     DEFENSORÍA DEL PUEBLO JORGE ARMANDO OTALORA GOMEZ
16.     MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
17.     COMISIÓN COLOMBIANA DE JURISTAS
18.     UNIVERSIDAD JAVERIANA FACULTAD DE DERECHO
19.     OIM – ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE LAS MIGRACIONES
20.     CONGESO NEGRO NORTEAMERICANO
21.     COMISIÓN DE LA COMUNIDAD EUROPEA
22.     MOVIMIENTO NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS – CIMARRON
23.     JUAN DE DIOS MOSQUERA
24.     USAID
25.     REDAFRO
26.     EDWIN SALCEDO VASQUEZ
27.     JUAN GUTIERREZ
28.     IVAN CEPEDA
29.     PNUD COLOMBIA     fo.col@undp.org
30.     Superintendente de Notariado y Registro, Jorge Enrique Vélez García

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