EL ESCALOFRIANTE EXPEDIENTE DE ÁLVARO URIBE VELEZ
EL ESCALOFRIANTE EXPEDIENTE DE ÁLVARO URIBE
EX PRESIDENTE COLOMBIANO ANTE LA CORTE PENAL
INTERNACIONAL
Enrique Santiago Romero
Abogado
español, experto en derecho internacional. Responsable de los servicios
jurídicos del Instituto de Estudios Políticos para América Latina y África
(IEPALA) Formó parte del equipo jurídico que impulsó la querella que el 13 de
octubre de 1998, condujo a la Audiencia Española a solicitar la detención, en
Londres, del exdictador chileno Augusto Pinochet y de otros exmilitares
chilenos y argentinos responsables de la llamada "Operación Cóndor".
Miembro de la Misión Internacional de Observación de la Federación
Internacional de Derechos Humanos (FIDH) y la RED CIFCA, sobre la situación de
los Derechos Humanos en Honduras tras el golpe de estado. Julio 2009. Ha sido
secretario de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado, CEAR. Asistió en
calidad de observador al referédum presidencial en Venezuela, en agosto de
2004, en representación de ONG's y organizaciones sociales de España.

No es
exagerado decir que tras su salida de la Presidencia, el rastro del Presidente Álvaro Uribe Vélez conduce indefectiblemente hacia la Corte Penal Internacional y no precisamente como acusador, tal y
como ha intentado aparecerse estos días ante la opinión pública internacional,
señalando al gobierno y funcionarios venezolanos de "colaboración" en
la perpetración de crímenes de lesa humanidad y de guerra y dando instrucciones
al Fiscal General de Colombia para que presente tales acusaciones contra el presidente Hugo Chávez y otros altos funcionarios venezolanos
ante la Corte Penal de La Haya.
La Comunidad internacional ha asistido con estupor a los denodados esfuerzos del todavía Presidente de Colombia por complicar aún más las relaciones diplomáticas de su país con sus vecinos, especialmente con Venezuela, a quien ha hecho blanco de numerosas, graves e infundadas acusaciones políticas y jurídicas.
Pareciera
que tras estas acusaciones se oculta la única intención de Uribe de concluir su
mandato presidencial provocando el conflicto armado con Venezuela.
Uribe ya
es el pasado y probablemente ese hecho y sus consecuencias jurídicas - respecto
a la perdida de cualquier inmunidad jurídica que le haya alcanzado durante el
ejercicio presidencial - son perfectamente conocidas por el todavía Presidente
colombiano.
Hoja de Vida
Por lo que a continuación expondremos, podemos avanzar no solamente que la acusación del presidente Uribe contra Venezuela carece de fundamento jurídico alguno, sino que más bien corresponde a una estrategia desesperada para ocultar el mayor de los problemas de Uribe a partir del 8 de agosto (2012) próximo:
el
abultado expediente de acusaciones que, caratulado bajo su nombre, descansa en
los cajones de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional.
Los obvios temores de
Álvaro Uribe
Es conveniente repasar la hoja de vida del todavía presidente colombiano para comprender sus obvios temores a acabar compareciendo ante la Corte Penal Internacional.
Es conveniente repasar la hoja de vida del todavía presidente colombiano para comprender sus obvios temores a acabar compareciendo ante la Corte Penal Internacional.
Álvaro Uribe Vélez, el "precursor del Narco-Estado", como ha sido denominado por uno de las más importantes centros de investigación en materia de narcotráfico internacional, "The Narco News" desde que en 1997 y 1998, los agentes de aduanas de Estados Unidos en California detuvieron tres sospechosas naves con destino a Colombia que, descubrirían luego los agentes, portaban un total 50 toneladas de permanganato de potasio, un precursor químico clave, necesario en la manufactura de cocaína (ver "Álvaro Uribe, el Narcotráfico y el Cartel de Medellín".
De acuerdo a un documento firmado por el jefe de la DEA Donnie R. Marshall el 3 de agosto de 2001, las naves se dirigían a Medellín, Colombia, a nombre de una empresa llamada GMP Productos Químicos.
Las 50
toneladas del precursor químico destinadas a GMP eran suficientes para fabricar
500 toneladas de hidroclorato de cocaína, con un valor en la calle de 15 mil
millones de dólares. El dueño de GMP Productos Químicos, de acuerdo al reporte
de 2001 de la DEA, era Pedro
Juan Moreno Villa, el jefe de campaña y ex secretario de gobierno durante
el periodo de Uribe como Gobernador de Antioquia y, por mucho tiempo, mano
derecha del todavía Presidente de Colombia, Álvaro Uribe Vélez.
Moreno
fue el alter ego político de Uribe durante y después de esos nerviosos meses de
1997 y 1998, cuando esperaba esos envíos de contrabando.
Cuando
Uribe fue gobernador del estado de Antioquia - cuya capital es Medellín - de
1995 a 1997, Moreno era el secretario de gobierno. Durante esos años, según el
entonces jefe de la DEA Marshall,
"entre
1994 y 1998, GMP fue el más grande importador de permanganato de potasio en
Colombia".
Recordemos
que el primer cargo público del entonces joven licenciado en derecho Álvaro Uribe,
fue el de Director de la agencia de Aeronáutica Civil de Colombia entre 1980 y
1982.
La
ex-amante de Pablo Escobar y presentadora de televisión, Virginia Vallejo, en
su libro "Amando a Pablo, Odiando a Escobar" da nuevos datos de la
relación entre Uribe y Pablo
Escobar:
según la
periodista actualmente exiliada en los EE.UU., Uribe como director de la
Aeronáutica Civil fue clave para el otorgamiento de licencias masivas de vuelo
al cartel de Medellín sin las cuales jamás hubieran podido hacer sus inmensos
envíos de la droga a los EE.UU. y acumulado sus inmensas fortunas.
En una
entrevista explica porqué el primo de Escobar, José Obdulio Gaviria es actualmente el asesor presidencial
de Uribe.
Uribe
tuvo a César Villegas como su delegado cuando fue director
de la Aerocivil. Este último fue sentenciado a 5 años de prisión por nexos con
el Cartel de Cali y asesinado para callar su testimonio. (Diario El Tiempo de
Colombia. 17/03/2002).
Esta querencia de Uribe en materia aeronáutica, quedó también de manifiesto cuando la policía y el ejército colombiano desactivaron el mayor laboratorio de transformación de cocaína encontrado hasta le fecha en Colombia, en el remoto paraje denominado eufemísticamente "Tranquilandia" (Operación Yarí).
Esta querencia de Uribe en materia aeronáutica, quedó también de manifiesto cuando la policía y el ejército colombiano desactivaron el mayor laboratorio de transformación de cocaína encontrado hasta le fecha en Colombia, en el remoto paraje denominado eufemísticamente "Tranquilandia" (Operación Yarí).
El 11 de
marzo de 1983, la fuerza pública irrumpió en el laboratorio del conocido narco Gonzalo Rodríguez Gacha "El mexicano" y entre otras
evidencias intervino un helicóptero Hughes 500, matrícula HK 2704 X, propiedad
de Aerofotos Amortegui Ltda, empresa propiedad de la familia Uribe.
Al
respecto Álvaro Uribe alega que ese helicóptero había sido previamente vendido,
según indicó, se le olvidó documentar dicha compraventa. La Agencia de
Inteligencia de la Defensa" de los Estados Unidos, elaboró una ficha de
Álvaro Uribe, la número 82, en esta Agencia.
Veamos
que dice la indicada ficha de inteligencia (puede consultarse el original en
"Confidencial. Septiembre
1991.
Informe clasificado Confidencial. Departamento de Defensa de EE.UU. (DIA. Defense Intelligence Agency).
82. Álvaro Uribe Vélez. Político colombiano y senador dedicado a colaborar con el Cartel de Medellín a altos niveles gubernamentales. Uribe ha sido vinculado a negocios relacionados con drogas en Estados Unidos.
Informe clasificado Confidencial. Departamento de Defensa de EE.UU. (DIA. Defense Intelligence Agency).
82. Álvaro Uribe Vélez. Político colombiano y senador dedicado a colaborar con el Cartel de Medellín a altos niveles gubernamentales. Uribe ha sido vinculado a negocios relacionados con drogas en Estados Unidos.
Su padre fue asesinado en
Colombia debido a sus conexiones con los traficantes de drogas. Uribe ha
trabajado para el Cartel de Medellín y es amigo personal cercano de Pablo
Escobar Gaviria.
Èl (Uribe) ha participado en la
campaña política de Escobar para ganar el puesto de parlamentario suplente de
Jorge Ortega. Uribe ha sido uno de los políticos que desde el Senado ha atacado
todas las formas del Tratado de Extradición (de Colombia con los Estados
Unidos) (…)"
Uribe ha sido señalado de
participar habitualmente en el diseño y ejecución de matanzas perpetradas por
los paramilitares colombianos, como el caso de la "matanza de El Aro"
cometida en 1.997.
En esa, según relata el periódico
de Miami, "El Nuevo Herald" en su edición del 6 de agosto de 2009, el
mismísimo Álvaro Uribe, planeo la matanza con los dirigentes de las AUC
(Autodefensa Unidas de Colombia) y posteriormente acudió personalmente a
felicitar a los paramilitares que "brillantemente" habían asesinado,
con motosierras, al menos a 15 campesinos indefensos, matanza por la que la
Corte Interamerica de Derechos Humanos condenó a Colombia.
El grupo paramilitar "Los doce apóstoles" habría tenido sede en la hacienda "La Carolina", en el departamento de Antioquia, cuya propiedad comparten los hermanos Uribe Vélez.
El grupo paramilitar "Los doce apóstoles" habría tenido sede en la hacienda "La Carolina", en el departamento de Antioquia, cuya propiedad comparten los hermanos Uribe Vélez.
El hermano del Presidente fue
interrogado por la fiscalía en 1997 respecto a delitos de secuestro, extorsión
y asesinato cometidos por "Los doce apóstoles" entre 1993 y 1994.
El grupo paramilitar fue acusado
de asesinar 50 personas, y de haber cometido una masacre de la cual fueron
hallados los cuerpos de cuatro personas y otras dos permanecen desaparecidas.
Por este caso existe una demanda en la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos.
El fiscal colombiano Luís Camilo Osorio confirmó que el hermano del mandatario
sí había sido objeto de una investigación oficial en 1999, pero también indicó
que se había declarado,
"un auto inhibitorio a favor
del señor Uribe Vélez y se ordenó el archivo definitivo" ese mismo año.
La red paramilitar Uribe-Vélez-Ochoa - Un Parlamento tras las rejas
El 4 de diciembre de 2006, en declaraciones a W Radio de Bogotá, el presidente Uribe Vélez debió admitir que su hermano sí fue investigado por involucramiento con el paramilitarismo.
Tres parientes del Presidente colombiano,
entre ellos dos primos hermanos, lideraron una banda paramilitar conocida como
"Los Erre", señalada de haber asesinado a medio centenar de personas
en varios municipios del departamento de Antioquia.
Estos familiares fueron
condenados en primera instancia y estuvieron presos cerca de un año, hasta que
un juez de apelaciones los puso en libertad y archivó el caso por considerar,
"que no había pruebas
suficientes contra los acusados".
Los parientes del presidente son,
·
Carlos Alberto Vélez Ochoa
·
Juan Diego Vélez Ochoa
·
Mario Vélez Ochoa, (también son familiares del clan de los capos
del narcotráfico Ochoa)
(Fuente: El Nuevo Herald, Miami,
24 jun05)
El ex senador colombiano Mario Uribe, primo y
colaborador cercano en la Presidencia de Álvaro Uribe, está acusado formalmente
de narcoparamilitar por la justicia colombiana. No es el único parlamentario de
la mayoría uribista en esa situación.
Más de 70 congresistas y senadores
de los partidos que apoyaban a Uribe en las cámaras legislativas hasta el
pasado mes de marzo, se encontraban y encuentran procesados por la justicia
colombiana por narco-paramilitares, casi el 50% de las cámaras legislativas.
Actualmente, 50 congresistas o excongresistas uribistas ya cumplen condena por
favorecer o pertenecer a grupos narcoparamilitares.
Todos son de partidos políticos
uribistas (Cambio Radical, Alas Equipo Colombia, Apertura Liberal, Partido
Conservador, Partido de la U, Colombia Democrática y Convergencia Ciudadana).
Tras las elecciones legislativas
de marzo de 2010, continua habiendo procesados por narco-paramilitarismo
ocupando curules en el Congreso de la república. ¿Se imagina el lector el
escándalo que supondría que el 50% del parlamento venezolano estuviera
procesado por narco-terrorismo?
De larga data, ya en sus tiempos de gobernador de Antioquia, viene la tendencia de Uribe a actuar como "señalador oficial" de los defensores de Derechos Humanos en Colombia, convirtiéndolos en objetivos a eliminar por los narco-paramilitares.
De larga data, ya en sus tiempos de gobernador de Antioquia, viene la tendencia de Uribe a actuar como "señalador oficial" de los defensores de Derechos Humanos en Colombia, convirtiéndolos en objetivos a eliminar por los narco-paramilitares.
Uno de los mas sonados
"trofeos" que Uribe se cobró en esta otra actividad habitual en él,
fue Jesús María Valle
Jaramillo, abogado, coordinador del Comité Permanente por la Defensa de los
Derechos Humanos "Héctor Abad Gómez", de Antioquia, quien fue
asesinado por sicarios el 27 de febrero de 1998, cuando se encontraba en su
oficina ubicada en el centro de la ciudad de Medellín.
Varios días antes, el entonces
Gobernador de Antioquia, Álvaro Uribe Vélez, había mencionado en una
intervención pública a Jesús Maria Valle, señalándolo como "auxiliador de
la guerrilla", a pesar de que el abogado era miembro del Partido
Conservador colombiano.
Uribe Vélez ha puesto en marcha durante su presidencia el mayor operativo de espionaje ilegal que recuerde la sociedad colombiana. Nombró a Jorge Noguera, su director de campaña electoral en 2002, como director del DAS (Departamento Administrativo de Seguridad). Después de salvarlo de su primera detención, Uribe lo nombró cónsul en Milán.
Uribe Vélez ha puesto en marcha durante su presidencia el mayor operativo de espionaje ilegal que recuerde la sociedad colombiana. Nombró a Jorge Noguera, su director de campaña electoral en 2002, como director del DAS (Departamento Administrativo de Seguridad). Después de salvarlo de su primera detención, Uribe lo nombró cónsul en Milán.
Actualmente paga condena en la
cárcel por concierto para delinquir por vínculos paramilitares y permitir que
la institución (El DAS, la agencia de inteligencia dependiente de la
Presidencia de la República) fuera puesta al servicio de los narco paramilitares,
ya con pruebas recopiladas por la Fiscalía General de Colombia, que acreditan
que cientos de sindicalistas, opositores a Uribe, periodistas y defensores de
los derechos humanos han sido asesinados en Colombia por encargo y con medios
del DAS.
La política de "Seguridad Democrática" de Álvaro Uribe ha dado lugar al escándalo conocido como "falsos positivos", el asesinato de al menos 2.500 civiles inocentes por la fuerza pública colombiana - bajo el mandato de Uribe como presidente y siendo Juan Manuel Santos el Ministro de Defensa - presentados como,
La política de "Seguridad Democrática" de Álvaro Uribe ha dado lugar al escándalo conocido como "falsos positivos", el asesinato de al menos 2.500 civiles inocentes por la fuerza pública colombiana - bajo el mandato de Uribe como presidente y siendo Juan Manuel Santos el Ministro de Defensa - presentados como,
"guerrilleros dados de baja
en combate" con la única intención de cobrar las recompensas que el Estado
colombiano paga por "dar de baja a guerrilleros."
Tras ser denunciado por una
Misión Internacional de Observación sobre Derechos Humanos en Colombia en
Octubre de 2007 y negado y descalificado por Uribe, tuvo que ser reconocido por
el propio Presidente cuando la OEA hizo suyas las conclusiones del informe de
la Misión Internacional.
El relator de Naciones Unidas
para las ejecuciones extrajudiciales no solo ha dado por validas estas
acusaciones, sino que tras hablar de un plan sistemático criminal, ha exigido
su esclarecimiento y castigo a los culpables.
La "industria criminal" organizada y el hallazgo macabro de "La Macarena"
Colombia es el país del hemisferio occidental donde mayores violaciones de los derechos humanos se acometen - cuantitativa y cualitativamente hablando - de forma sistemática y respondiendo a un plan criminal perfectamente diseñado que tiene como finalidad el despojo de la tierra a los campesinos y su apropiación por las oligarquías terratenientes en alianza con narcotraficantes y organizaciones paramilitares.
De los mas de 4 millones de
desplazados internos ocasionados en Colombia por el conflicto armado interno,
la inmensa mayoría han sido provocados para consolidar la apropiación ilegitima
de tierras de los campesinos.
De estos desplazamientos, al
menos 2 millones se han producido durante los 8 años de mandato del Presidente Uribe.
En la actualidad las organizaciones de victimas y de defensores de los derechos humanos en Colombia intentan preservar la que sin duda es la mayor fosa común descubierta en América latina con cadáveres "NN".
En la actualidad las organizaciones de victimas y de defensores de los derechos humanos en Colombia intentan preservar la que sin duda es la mayor fosa común descubierta en América latina con cadáveres "NN".
Más de 2.500, según las primeras
estimaciones, en la fosa denominada de "La Macarena", que escondería
victimas campesinas de ejecuciones extrajudiciales realizadas por destacamentos
del Ejército colombiano y organizaciones paramilitares.
La "industria
criminal", organizada entre otros por las autoridades colombianas durante
el mandato de Uribe, llegó a utilizar, emulando así la "solución
final" del nazismo alemán, hornos crematorios para hacer desaparecer los
cuerpos de los miles de asesinados por funcionarios del estado y sus aliados
paramilitares:
tres hornos al menos descubiertos
hasta ahora, uno en Arauca, otro en Antioquia y uno "móvil", en
Bogotá.
En mayo de 2010, el diario The Washington Post, daba
cuenta de la confesión del oficial de la policía nacional colombiana Juan
Carlos Meneses, quien sostuvo haber participado en complicidad con operaciones
paramilitares del grupo denominado "Los 12 apóstoles", de los que
formaba parte Santiago Uribe, hermano del Presidente.
Viabilidad jurídica de una posible denuncia contra Hugo Chávez
...en la Corte Penal
Internacional, como lo anunciara recientemente Álvaro Uribe
Tras conocerse el anuncio de Venezuela de romper relaciones diplomáticas con Colombia, el pasado 22 de julio, Uribe convocó al Fiscal General de Colombia, Guillermo Mendoza, para instarle a que iniciara el proceso necesario para llevar ante la Corte Penal Internacional a altos funcionarios venezolanos, incluido el presidente Hugo Chávez Frías.
Tras conocerse el anuncio de Venezuela de romper relaciones diplomáticas con Colombia, el pasado 22 de julio, Uribe convocó al Fiscal General de Colombia, Guillermo Mendoza, para instarle a que iniciara el proceso necesario para llevar ante la Corte Penal Internacional a altos funcionarios venezolanos, incluido el presidente Hugo Chávez Frías.
Algunos periódicos colombianos
informaron días después que fueron los máximos jefes militares de ese país
quienes en presencia de Álvaro Uribe entregaron al Fiscal General documentación
sobre acciones de organizaciones insurgentes colombianas que habrían utilizado
suelo venezolano.
El Fiscal General anunció a la prensa que el encargo recibido era:
El Fiscal General anunció a la prensa que el encargo recibido era:
"estudiar la posibilidad de
llevar ante la Corte Penal internacional a autoridades venezolanas por
proteger, ayudar o auxiliar a grupos que cometen crímenes de guerra o de lesa
humanidad en la zona fronteriza colombiana".
Al margen de que Colombia,
incapaz de controlar más de 50 frentes de organizaciones insurgentes dentro de
su territorio, exija a Venezuela una diligencia de imposible cumplimiento en
fronteras selváticas o montañosas, lo cierto es que desde que se realizaron las
primeras acusaciones del presidente Uribe respecto a que Venezuela albergaba
bases guerrilleras colombianas en su territorio, ni una sola prueba rigurosa ha
sido presentada al respecto.
Para discernir si la iniciativa del presidente Uribe busca realmente conseguir una condena de la CPI al Presidente Chávez, nada más y nada menos que por "crímenes de lesa humanidad y de guerra", o simplemente es la ultima "pataleta" política del presidente latinoamericano con la mayor carpeta abierta en la Corte de La Haya, debemos examinar lo establecido en el Estatuto de la CPI, íntegramente en vigor para Colombia y Venezuela.
La Corte Penal Internacional únicamente es competente para conocer denuncias penales contra personas individualizadas - no contra Estados o gobiernos - y con carácter complementario con las jurisdicciones penales de los países donde hayan ocurrido los hechos.
Para discernir si la iniciativa del presidente Uribe busca realmente conseguir una condena de la CPI al Presidente Chávez, nada más y nada menos que por "crímenes de lesa humanidad y de guerra", o simplemente es la ultima "pataleta" política del presidente latinoamericano con la mayor carpeta abierta en la Corte de La Haya, debemos examinar lo establecido en el Estatuto de la CPI, íntegramente en vigor para Colombia y Venezuela.
La Corte Penal Internacional únicamente es competente para conocer denuncias penales contra personas individualizadas - no contra Estados o gobiernos - y con carácter complementario con las jurisdicciones penales de los países donde hayan ocurrido los hechos.
Así se establece en el artículo 1
del Estatuto de la CPI.:
"(…)La Corte (…) estará
facultada para ejercer su jurisdicción sobre personas respecto de los crímenes
más graves de trascendencia internacional de conformidad con el presente
Estatuto y tendrá carácter complementario de las jurisdicciones penales nacionales.
Los "crímenes más graves de
trascendencia internacional" sobre los cuales tendría competencia la
Corte, se indican en el artículo 5 del Estatuto y son:
"(…) a) El crimen de
genocidio; b) Los crímenes de lesa humanidad; c) Los crímenes de guerra;
(…)".
Conforme a lo anterior, la
iniciativa del Presidente Uribe, en caso de llegar a concretarse mediante la
interposición de una acción penal contra funcionarios venezolanos ante el
Fiscal de la Corte Penal Internacional conforme a lo establecido en los artículos
13:
"Ejercicio de la competencia
La Corte podrá ejercer su competencia respecto de cualquiera de los crímenes a
que se refiere el artículo 5 de conformidad con las disposiciones del presente
Estatuto si: a) Un Estado Parte remite al Fiscal, de conformidad con el
artículo 14, una situación en que parezca haberse cometido uno o varios de esos
crímenes; (…)"
...y 14 del estatuto:
" Remisión de una situación
por un Estado Parte 1. Todo Estado Parte podrá remitir al Fiscal una situación
en que parezca haberse cometido uno o varios crímenes de la competencia de la
Corte y pedir al Fiscal que investigue la situación a los fines de determinar
si se ha de acusar de la comisión de tales crímenes a una o varias personas
determinadas."
Necesariamente debería
fundamentar racionalmente, al menos indiciariamente, que funcionarios
venezolanos auxiliaron a las FARC de forma continuada y sistemática, que por
ello pudieron cometer un crimen de lesa humanidad, y que el asunto nunca ha
sido investigado por las autoridades venezolanas.
Esto último, en términos
jurídicos, hace referencia a la denominada "concurrencia de
jurisdicciones" - entre la de la C.P.I. y las nacionales del país donde
hayan ocurrido los hechos - supuesto en el que como establece el artículo 1º
del estatuto, la jurisdicción de la C.P.I.
"tendera carácter
complementario de las jurisdicciones penales nacionales"
El artículo 15 del Estatuto de
Roma regula el procedimiento que deberá seguir el Fiscal y la Sala de
Cuestiones Preliminares del Tribunal, una vez recibida la información remitida
por el Estado Parte, para iniciar una investigación respecto a los hechos
denunciados, siendo imprescindible que el Fiscal analice,
"la veracidad de la
información recibida." (art 15.2)
A la vista de lo anterior, no
cabe duda alguna de que los Estados Parte en el Convenio de Roma de
constitución de la C.P.I. - como es Colombia - pueden remitir información -
equivalente a una denuncia - al Fiscal del Tribunal para que este y la Sala de
Cuestiones Preliminares del Tribunal estudien si la misma amerita el inicio de
un procedimiento judicial ante este Corte o en su caso el inicio de una
investigación preliminar, siempre y cuando dicha denuncia tuviera un mínimo de
veracidad a juicio del Fiscal de la C.P.I., lo que en el contexto que
analizamos y a la vista de las pruebas - escasas e inconcretas - aportadas por
el gobierno colombiano, no parece que sea el caso.
En todo caso, el procedimiento podría ser puesto en marcha por Colombia mediante presentación de denuncia ante el Fiscal de la Corte Penal Internacional, quien en virtud del artículo 18 del estatuto, si hubiera,
En todo caso, el procedimiento podría ser puesto en marcha por Colombia mediante presentación de denuncia ante el Fiscal de la Corte Penal Internacional, quien en virtud del artículo 18 del estatuto, si hubiera,
"determinado que existen
fundamentos razonables para comenzar una investigación, (…) lo notificará a
todos los Estados Partes y a aquellos Estados que, teniendo en cuenta la
información disponible, ejercerían normalmente la jurisdicción sobre los
crímenes de que se trate."
De forma que el estado notificado
- en este hipotético caso Venezuela - podrá informar a la Corte que está
llevando o ha llevado a cabo una investigación en relación con sus nacionales u
otras personas bajo su jurisdicción respecto de actos criminales que puedan
constituir crímenes contemplados en el artículo 5 y a los que se refiera la
información proporcionada en la notificación a los Estados."
"A petición de dicho Estado, el Fiscal se inhibirá de su competencia en favor del Estado en relación con la investigación sobre las personas antes mencionadas, a menos que la Sala de Cuestiones Preliminares decida, a petición del Fiscal autorizar la investigación.
"A petición de dicho Estado, el Fiscal se inhibirá de su competencia en favor del Estado en relación con la investigación sobre las personas antes mencionadas, a menos que la Sala de Cuestiones Preliminares decida, a petición del Fiscal autorizar la investigación.
Es decir, antes de iniciarse
cualquier investigación o al menos simultáneamente al inicio, el Fiscal de la
Corte Penal debería dirigirse a Venezuela para comunicarle la interposición de
dicha denuncia y esperar una contestación de Venezuela, siendo posible que la
contestación de Venezuela sea precisamente la más evidente:
que todo lo relativo a la
presencia de la insurgencia colombiana en su territorio es algo que las
autoridades y la justicia de Venezuela investigan y persiguen desde, al menos,
el inicio del mandato del actual Presidente venezolano, en cuyo caso la
Fiscalía de la C.P.I. debería inhibirse a favor de la justicia venezolana.
En este supuesto analizado,
parece evidente que la denuncia con la que ha amenazado el todavía presidente
Uribe, tendría poco recorrido jurídico.
Entrando aunque sea brevemente en
un somero análisis jurídico sobre si los hechos imputados por Uribe a las
autoridades venezolanas - la actuación de la insurgencia colombiana en
territorio venezolano - podrían ser considerados crímenes de lesa humanidad
(art 7 del Estatuto):
"(...) se entenderá por
"crimen de lesa humanidad" cualquiera de los actos siguientes cuando
se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una
población civil y con conocimiento de dicho ataque:
a.
Asesinato
b.
Exterminio
c.
Esclavitud
d.
Deportación o traslado forzoso de población
e.
Encarcelación u otra privación grave de la libertad física en
violación de normas fundamentales de derecho internacional
f.
Tortura
g.
Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo
forzado, esterilización forzada o cualquier otra forma de violencia sexual de
gravedad comparable
h.
Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia
fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales,
religiosos, de género definido en el párrafo 3, u otros motivos universalmente
reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional, en conexión
con cualquier acto mencionado en el presente párrafo o con cualquier crimen de
la competencia de la Corte
i.
Desaparición forzada de personas
j.
El crimen de apartheid
k.
Otros actos inhumanos de carácter similar que causen
intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad
física o la salud mental o física",
...o crímenes de guerra (art. 8
del Estatuto), es decir, violaciones de las Convenciones de Ginebra de 1949 y
sus Protocolos Adicionales, lo primero que resulta destacable para cualquier
observador es que los hechos criminales incluidos en la definición del tipo
penal "crimen de lesa humanidad" antes indicado presentan bastante
coincidencia con las sistemáticas violaciones de los derechos humanos que
ocurren en Colombia de forma habitual, violaciones imputadas mayoritariamente -
por organismos internacionales, observatorios y organismos de derechos humanos
- a las autoridades colombianas y sus agentes. Nunca ningún organismo
internacional o de derechos humanos mínimamente prestigioso ha relatado
crímenes con apariencia de lesa humanidad ocurridos en Venezuela.
Status del conflicto colombiano a la luz del Derecho Internacional Humanitario
Para nadie es un secreto que en Colombia existe un conflicto armado que encuadra en los parámetros legales establecidos en las Convenciones de Ginebra de 1949 y respecto al cual las partes implicadas tienen la obligación de reconocer y aplicar las previsiones legales contenidas en las mencionadas 4 Convenciones de Ginebra así como en los II Protocolos Adicionales de 1977.
Al respecto, establece el
Protocolo II adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949
relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin carácter
internacional:
"TITULO I: ÁMBITO DEL
PRESENTE PROTOCOLO
ARTICULO I - Ámbito de aplicación material.
1. El presente Protocolo, que desarrolla y completa el artículo 3 común a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, sin modificar sus actuales condiciones de aplicación, se aplicará a todos los conflictos armados que no estén cubiertos por el artículo I del Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales (Protocolo I ) y que se desarrollen en el territorio de una Alta Parte Contratante entre sus fuerzas armadas y fuerzas armadas disidentes o grupos armados organizados que, bajo la dirección de un mando responsable, ejerzan sobre una parte de dicho territorio un control que les permita realizar operaciones militares sostenidas y concertadas y aplicar el presente Protocolo.
2. El presente Protocolo no se aplicará a las situaciones de tensiones internas y de disturbios interiores, tales como los motines, los actos esporádicos y aislados de violencia y otros actos análogos, que no son conflictos armados.
Es una evidencia que dicho conflicto armado - que de una forma u otra ha venido manifestándose de forma ininterrumpida en el país desde finales del Siglo XIX hasta nuestros días, ya sea mediante la forma de guerras civiles o de guerra del estado contra fuerzas irregulares - es de enorme complejidad a la vista de los numerosos actores armados implicados - diversas organizaciones armadas ilegales como las FARC y el ELN, fuerzas del estado, ejércitos paramilitares diversos - existiendo en la actualidad al menos dos bandos enfrentados - el estado colombiano, con la evidente connivencia de los ejércitos ilegales paramilitares correspondientes a organizaciones incluidas en la lista de organizaciones terroristas de la Unión Europea, como es el caso de las AUC y las AUCC - y organizaciones armadas insurgentes de carácter ilegal, también incluidas en la lista de organizaciones terroristas de la Unión Europea, como es el caso de las FARC y el ELN.
ARTICULO I - Ámbito de aplicación material.
1. El presente Protocolo, que desarrolla y completa el artículo 3 común a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, sin modificar sus actuales condiciones de aplicación, se aplicará a todos los conflictos armados que no estén cubiertos por el artículo I del Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales (Protocolo I ) y que se desarrollen en el territorio de una Alta Parte Contratante entre sus fuerzas armadas y fuerzas armadas disidentes o grupos armados organizados que, bajo la dirección de un mando responsable, ejerzan sobre una parte de dicho territorio un control que les permita realizar operaciones militares sostenidas y concertadas y aplicar el presente Protocolo.
2. El presente Protocolo no se aplicará a las situaciones de tensiones internas y de disturbios interiores, tales como los motines, los actos esporádicos y aislados de violencia y otros actos análogos, que no son conflictos armados.
Es una evidencia que dicho conflicto armado - que de una forma u otra ha venido manifestándose de forma ininterrumpida en el país desde finales del Siglo XIX hasta nuestros días, ya sea mediante la forma de guerras civiles o de guerra del estado contra fuerzas irregulares - es de enorme complejidad a la vista de los numerosos actores armados implicados - diversas organizaciones armadas ilegales como las FARC y el ELN, fuerzas del estado, ejércitos paramilitares diversos - existiendo en la actualidad al menos dos bandos enfrentados - el estado colombiano, con la evidente connivencia de los ejércitos ilegales paramilitares correspondientes a organizaciones incluidas en la lista de organizaciones terroristas de la Unión Europea, como es el caso de las AUC y las AUCC - y organizaciones armadas insurgentes de carácter ilegal, también incluidas en la lista de organizaciones terroristas de la Unión Europea, como es el caso de las FARC y el ELN.
En lo referido al objeto del
análisis que nos ocupa - la posible comisión de delitos de lesa humanidad
por la insurgencia colombiana y la hipotética responsabilidad en los mismos de
autoridades venezolanas - es conveniente recordar que la aparición de las FARC
en el escenario colombiano se remonta a los años 60, cuando los restos de las
antiguas guerrillas liberales campesinas se organizan como fuerzas de
autodefensa para hacer frente a los escuadrones de la muerte, "los
pájaros", puestos en marcha por los terratenientes conservadores para
exterminar a los dirigentes sociales campesinos simpatizantes del partido
liberal.
Las FARC-EP inician sus actividades armadas, de manera ininterrumpida desde el 27 de mayo de 1964, iniciada por 48 campesinos - 46 hombres y 2 mujeres - , en Marquetalia (Tolima), ante lo que consideraban una agresión del estado y de los grandes propietarios latifundistas. Las FARC-EP manifiestan en ese momento que,
Las FARC-EP inician sus actividades armadas, de manera ininterrumpida desde el 27 de mayo de 1964, iniciada por 48 campesinos - 46 hombres y 2 mujeres - , en Marquetalia (Tolima), ante lo que consideraban una agresión del estado y de los grandes propietarios latifundistas. Las FARC-EP manifiestan en ese momento que,
"están ejerciendo los
legítimos derechos de rebelión y autodeterminación de los pueblos, luchan por
la construcción de una nueva Colombia, sin explotados ni explotadores, en paz,
con dignidad y soberanía y por los derechos fundamentales de la mayoría de los
colombianos."
En el posterior devenir
histórico, las FARC-EP se han desarrollado y expandido por toda Colombia,
consolidándose como una organización ilegal armada con más de 60
"frentes" que tiene presencia en toda la geografía nacional, por lo
que pareciera se dan las premisas previstas en el antes citado artículo I del
Protocolo II de 1977 para la aplicación al conflicto colombiano de las
previsiones previstas en las Convenciones de Ginebra de 1949.
Las fuerzas beligerantes en el conflicto colombiano - FARC incluidas - sin duda han incurrido e incurren en numerosas violaciones del Derecho Internacional Humanitario contenido en las 4 Convenciones de Ginebra, provocando con ello numerosas víctimas entre la población civil.
Las fuerzas beligerantes en el conflicto colombiano - FARC incluidas - sin duda han incurrido e incurren en numerosas violaciones del Derecho Internacional Humanitario contenido en las 4 Convenciones de Ginebra, provocando con ello numerosas víctimas entre la población civil.
Para los organismos de derechos
humanos colombianos más reputados, la responsabilidad de las violaciones graves
del D.I.H. ocurridas en Colombia en 2007 se reparten de la siguiente forma,
según el Informe "Noche y Niebla" del CINEP, organismo de derechos
humanos colombiano dependiente de la Compañía de Jesús:
del total de 1.670 violaciones
del D.I.H. reportadas en 2.007, 858 se imputan a organismos oficiales
dependientes del estado colombiano (fuerzas armadas y cuerpos policiales), 5 a
agentes extranjeros, 39 a combatientes sin identificar, 580 a paramilitares, 8
al ELN, 176 a las FARC y 4 a "guerrilla" sin especificar.
(Continuará)
La carpeta caratulada con el
nombre de Álvaro Uribe ya existe en la Fiscalía de la Corte Penal
Internacional, y su grosor es sustancialmente mayor que cualquiera otra
relativa a América Latina.
Violación sistemática de los DDHH en Colombia verificada por organismos internacionales y ONG's.
Violación sistemática de los DDHH en Colombia verificada por organismos internacionales y ONG's.
La situación de los derechos
humanos en Colombia es sumamente grave. Estos son vulnerados sistemáticamente
por todas las partes en conflicto a la vez que incumplen sistemáticamente el
D.I.H., no resultando un hecho objetivo ni verificable, por carente de sustento
probatorio alguno, la afirmación de las autoridades colombianas de que las FARC
o el ELN cometen sistemáticos crímenes de lesa humanidad o de guerra.
De los datos anteriores, se verifica que con mucho el mayor violador del D.I.H. en Colombia es el propio estado, seguido de organizaciones paramilitares de extrema derecha y seguido por las FARC y el ELN.
De los datos anteriores, se verifica que con mucho el mayor violador del D.I.H. en Colombia es el propio estado, seguido de organizaciones paramilitares de extrema derecha y seguido por las FARC y el ELN.
Desgraciadamente, todos los actores
del conflicto colombiano - empezando por el propio estado - vienen utilizando
métodos terroristas contrarios al derecho internacional humanitario y de los
derechos humanos, como lo sustentan los siguientes documentos de organismos
internacionales:
el Informe anual de Amnistía
Internacional 2008, relata claros indicios de que los grupos paramilitares
tradicionales siguen operando en la actualidad en muchas partes de Colombia con
nombres nuevos, como los «Águilas Negras», manteniéndose los informes que señalan
la connivencia entre paramilitares y fuerzas de seguridad.
El Departamento de Estado
norteamericano, a pesar de su apoyo incondicional al Presidente colombiano
Álvaro Uribe al que pretende exculpar de su responsabilidad, señala en la
sección 1, apartado a) de su informe anual fechado el 11 de marzo de 2008 las
evidentes conexiones entre los paramilitares y la fuerza pública, así como el
mantenimiento de elevados grados de impunidad.
El grado de esta vinculación entre los grupos paramilitares y el Estado colombiano lo muestra el escándalo de la parapolítica, reflejado en el Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Colombia, de 28 de febrero de 2008:
El grado de esta vinculación entre los grupos paramilitares y el Estado colombiano lo muestra el escándalo de la parapolítica, reflejado en el Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Colombia, de 28 de febrero de 2008:
La Corte Suprema de Justicia
inició investigaciones por presuntos nexos con grupos paramilitares contra 45
Congresistas de 16 departamentos, de los cuales 18 están en prisión.
También se iniciaron
investigaciones contra cuatro ex Gobernadores y 18 ex Alcaldes.
En noviembre, la Procuraduría
destituyó e inhabilitó por 18 años al ex director del Departamento
Administrativo de Seguridad (DAS), por haber colaborado con grupos
paramilitares y por actos de corrupción.
Todas estas investigaciones han
revelado el alto grado de infiltración paramilitar en el Estado a través de
alianzas con políticos y con el sostén de algunas empresas privadas.
Informes de la OEA y de la CIDH
Las consecuencias de este tipo de vínculos pudieron ser constatadas por la Misión de Apoyo al Proceso de Paz en Colombia, de la Organización de los Estados Americanos, en su octavo informe trimestral publicado en febrero de 2008, al identificar 22 nuevas estructuras compuestas por aproximadamente 3.000 integrantes.
En el periodo de 12 meses
concluido en junio de 2007, al menos 230 homicidios de civiles se atribuyeron a
los paramilitares, ya fuera actuando por su cuenta o en connivencia con fuerzas
de seguridad.
En el mismo informe de la OEA se
destaca como la impunidad sigue siendo la norma en la mayoría de los casos de
abusos contra los derechos humanos. Aunque se registraron algunos progresos en
varios casos emblemáticos, en otros muchos no hubo avance alguno en la
determinación de responsabilidades en la cadena de mando.
En el mismo sentido, según el informe 2007 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, pese a la desmovilización de las AUC persiste la violencia derivada del conflicto armado.
En el mismo sentido, según el informe 2007 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, pese a la desmovilización de las AUC persiste la violencia derivada del conflicto armado.
La CIDH continúa recibiendo
denuncias que indican que grupos armados al margen de la ley (paramilitares y
guerrilla) y miembros de la fuerza pública continúan involucrados en la
comisión de crímenes, violaciones a los derechos humanos e infracciones al derecho
internacional humanitario contra la población civil que se traducen en
violaciones del derecho a la vida, la integridad personal y la libertad:
El "Observatorio de derechos humanos y del derecho internacional humanitario" de la Vicepresidencia de la República (conforme a su metodología) señala que los primeros nueve meses de 2007 se habrían producido 13.023 homicidios.
El "Observatorio de derechos humanos y del derecho internacional humanitario" de la Vicepresidencia de la República (conforme a su metodología) señala que los primeros nueve meses de 2007 se habrían producido 13.023 homicidios.
Asimismo, indica que durante el
mismo período se habrían producido 21 casos de masacre con 98 víctimas.
Por su parte, el CINEP (siguiendo
su propia metodología de compilación y presentación de cifras) indica que en el
primer semestre de 2007 se habrían producido 243 ejecuciones extrajudiciales;
231 homicidios intencionales de personas protegidas y 31 desapariciones
forzadas.
La CIDH estima pertinente citar
en su informe a ambas fuentes a pesar de las amplias discrepancias
metodológicas entre ellas, a fin de dar cuenta del panorama presentado tanto
por fuentes oficiales como de la sociedad civil, como es su práctica
consistente.
Igualmente, durante el 2007 la CIDH constató el alto número de ejecuciones extrajudiciales atribuidas a miembros de la Fuerza Pública, tal y como ya hemos relatado en este articulo, destacando ahora lo que nos interesa:
Igualmente, durante el 2007 la CIDH constató el alto número de ejecuciones extrajudiciales atribuidas a miembros de la Fuerza Pública, tal y como ya hemos relatado en este articulo, destacando ahora lo que nos interesa:
"los más de 2.500 casos
constatados muestran lo que se denomina en Derecho Internacional como
ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumarias, acciones que, aunque se
presentan en diferentes modalidades, corresponden a patrones comunes de
actuación diseñados y realizados, al menos, por las autoridades civiles del
Ministerio de defensa y los funcionarios militares del Ejército Nacional de
Colombia, práctica que se ha mantenido en el tiempo y se ha producido en un
gran número de departamentos de Colombia".
Podemos concluir que aún en el
improbable supuesto de que Colombia llegue a interponer la denuncia anunciada
por Uribe Vélez y la Fiscalía de la Corte Penal
Internacional llegara a admitir la misma para sus estudio, difícilmente puede
afirmarse que los crímenes de lesa humanidad o de guerra perpetrados en el
conflicto interno colombiano son responsabilidad de las organizaciones
insurgentes, y ello a la vista de las innumerables pruebas - asumidas como
propias por organismos internacionales multilaterales y de derechos humanos -
que ponen de manifiesto que son las autoridades colombianas - en especial en el
periodo 2002 al 2010 - las mayores responsables de estos crímenes.
No se pierda de vista en el análisis de la realidad colombiana la "hoja de vida" arriba relatada del presidente Uribe y sus más que probables nexos con las mafias del narcotráfico y el paramilitarismo.
No se pierda de vista en el análisis de la realidad colombiana la "hoja de vida" arriba relatada del presidente Uribe y sus más que probables nexos con las mafias del narcotráfico y el paramilitarismo.
Por menos, el ex-presidente
peruano Alberto Fujimori fue condenado por un tribunal de su
país por delitos de lesa humanidad.
La carpeta caratulada con el
nombre de Álvaro Uribe ya existe en la Fiscalía de la Corte Penal
Internacional, y su grosor es sustancialmente mayor que cualquiera otra
relativa a América Latina.
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